- Países que requieren seguir un proceso de habilitación a través de la SCI
Para iniciar el proceso el establecimiento se debe encontrar en conformidad sanitaria y posteriormente iniciar el trámite con la Subsecretaría de Calidad e Inocuidad.
Este proceso consiste en revisión documental (pueden ser cuestionarios, monografías, fichas técnicas, etc.) y una inspección in situ por parte de la Autoridad Competente del país al cual se desea exportar.
- Países que no requieren seguir un proceso de habilitación a través de la SCI
El establecimiento deberá contactar a la Autoridad Competente del país de destino para conocer el proceso de habilitación.
En caso de que lo requiera la Autoridad Competente del mercado a exportar, las fichas, cuestionarios o formularios que dispongan deberán ser firmados por la SCI y el establecimiento deberá solicitar la revisión documental para la firma correspondiente.
- Países que no requieren Habilitación Sanitaria
El establecimiento debe obtener su código único y debe encontrarse en conformidad sanitaria previo a la exportación.
El establecimiento exportador debe confirmar con el importador si el certificado de calidad es solicitado en el país de destino y los parámetros requeridos para su emisión. En caso de requerir análisis, estos pueden realizarse en los laboratorios de la SCI y/o laboratorios acreditados según ISO 17025 y debidamente autorizados por la SCI.