Se modifica la barrera sanitaria establecida mediante Acuerdo Ministerial 043-2013

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Mediante Acuerdo Ministerial No. MAP-2017-0008-A, de fecha 27 de septiembre del 2017, se reformó el Acuerdo Ministerial No. 043, respecto a la barrera sanitaria establecida por Ecuador con motivo de la enfermedad de la Necrosis Hepatopancreática Aguda (EMS/AHPND) y de otros agentes patógenos.

El mencionado acuerdo detalla los requisitos que deben cumplir las personas naturales y jurídicas para la importación, desde cualquier origen, de especies bioacuáticas en todos los estadíos de vida, así como insumos para la acuacultura, incluidas las algas, exceptuando las premezclas de origen inorgánico.

El Ministerio de Acuacultura y Pesca a través de las Subsecretarías de Acuacultura y de Calidad e Inocuidad, recibirán la documentación correspondiente y la pondrán a consideración de la Comisión Técnica de Evaluación de Riesgos de Importación, misma que emitirá el informe respectivo que servirá de base para la autorización o rechazo de la solicitud de importación, conforme el Acuerdo Ministerial 068 del 17 de junio de 2008.

Link del Acuerdo Ministerial:

https://www.cna-ecuador.com/wp-content/uploads/2017/10/MAP-2017-0008-A-1.pdf

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